Debo Pagar Impuestos al SAT por mi Pension

Pensión IMSS e ISSSTE: ¿Debo pagar impuestos al SAT por mi pensión?

Economía / Empresa

El Código establece conceptos como la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) o el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y aclara si los pensionados deben pagar sus impuestos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto Nacional de Seguridad de los Trabajadores y Servicios Sociales (ISSSTE) .

¿Los pensionados tienen que pagar impuestos al SAT?

Muchas personas no tienen claro si la Administración Tributaria del Estado está gravando a los pensionados del IMSS y del ISSSTE, el artículo 93 del CFF aclara este tema, al establecer que la ley del impuesto sobre la renta no grava en los siguientes casos:

  • Pensión
  • Jubilación
  • Haberes de retiro
  • Pensión vitalicia

Cabe señalar que el monto de la pensión recibida no supera las 15 veces el salario mínimo, es decir, quienes reciben pensiones con un ingreso anual superior a 400.000 pesos deben presentar una declaración anual a la Administración Tributaria del Estado.

¿Cómo calcula la Administración Tributaria del Estado el importe del impuesto sobre las pensiones?

El impuesto sobre las pensiones sólo se paga en circunstancias excepcionales. Si la pensión es gravable, la Administración Tributaria del Estado retendrá una parte, que se calculará sobre la base de un excedente de 15 veces el salario mínimo.

Tramitar Pensión del Bienestar

Todos los adultos mayores de 65 años pueden solicitar una pensión de beneficio, ya que es universal para todos los mexicanos. Esta pensión consiste en un pago bimestral de 3000 100 pesos, que recibirán independientemente de que se jubilen en una institución como el IMSS o el ISSSTE.

Actualmente participan 10 millones de adultos mayores en todo el país y se estima que participarán 2 millones de adultos mayores de 65 años. El registro comienza el 9 de agosto y puede registrarse en la Oficina de Bienestar o por teléfono.

Aquellos interesados ​​en recibir beneficios pueden presentar su solicitud llamando a la Oficina Afiliada a la Línea Directa de Beneficios al 800-6394-264 durante el horario mencionado, de lunes a viernes de 8:00 am a 9:00 pm, sábados y domingos de 9:00 am a 1:00 pm La edad mínima para ser beneficiario del programa es de 65 años.

El programa es con cita previa por lo que tienes que ir a la web de Bienestar para encontrar tus módulos, solo tienes que introducir tu estado, ciudad, pueblo o comunidad.

Tener la dirección del módulo también le dará la fecha en la que debe presentarse y es importante ceñirse a esa fecha para obtener suficiente atención.

¿Qué requerimientos?

  • Identificación oficial
  • CURP
  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio
  • Teléfono de contacto

Una vez finalizado el proceso, recibirá beneficios, recibirá una tarjeta de beneficios y se depositarán 3000 100 pesos cada dos meses por cada adulto mayor.

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